Los Resbalones y caídas son de los accidentes más comunes, y estos suelen suceder en cualquier momento y cualquier lugar, ya sea dentro de una propiedad privada o pública.

De acuerdo al Código Civil del Estado de California, sección 1714(a), funda las bases para "La Ley de Responsabilidad de las Premisas" donde habla sobre la responsabilidad de los propietarios de edificios, dueños de viviendas y negocios son responsables por la acción-omisión de la falta de cuidado y manejo de la propiedad y que a raíz de esto ocasione una lesión a otra persona.

Cuando se habla de la acción u omisión del cuidado en el manejo de la propiedad, ya sea dentro de una vivienda privada o un centro comercial-edificios de oficinas públicas. Se refiere al cuido o mantenimiento de este para prevenir un accidente, por ejemplo;

  • El mantenimiento de los pisos y pasillos, que no sean lisos o que no tengan protuberancias, clavos, rajaduras que pueden ocasionar que una persona se caiga y le ocasione lesiones.
  • El cuido de entradas y salidas de vehículos, estacionamientos y otras áreas comunes que estén libres de objetos que los vuelva peligrosos para las personas que transitan.
  • El cuido y mantenimiento de las escaleras, que estas tengas maderas fuertes y bien sujetadas.
  • Todo propietario/ administrador de locales, centros comerciales, edificios, viviendas privadas deben de prestar atención a las condición de sus locales, de tal manera que eviten cualquier accidente.

Que puede hacer una persona que sufrió un accidente de un resbalón o caída?

Como ya se hablo anteriormente todo propietario deber ser responsable de mantener las instalaciones de forma que estas sean razonablemente seguras. Si una persona ha sufrió un resbalón o caída que le provoco una lesión por la cual no ha podido trabajar, tubo gastos médicos, pago de ambulancia, etc. De acuerdo a la ley la victima tiene todo el derecho legal de tomar acción legal en contra del propietario para que este brinde una indemnización por los gastos médicos, facturas médicas, gastos hospitalarios, el dolor y sufrimiento, la pérdida de ingresos y otros daños.





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